Trámite

55. Registro y certificación de personas y establecimientos pecuarios, acuícolas y apícolas

Solicitud del Registro y certificación de personas y establecimientos pecuarios, acuicolas y apícolas

Normativa

  • Decreto No. 36-98 Ley de Sanidad Vegetal y Animal.
  • Acuerdo Gubernativo No. 745-99. Reglamento de la Ley de Sanidad Vegetal y animal.
  • Acuerdo Ministerial 24-2014. Crear el Sistema Nacional de Trazabilidad Pecuaria (SINAT-GT).
  • Acuerdo Ministerial 213-2016. Crear el componente de Trazabilidad Acuícola. 
  • Acuerdo Ministerial 39-2016.  Las disposiciones que contienen los procedimientos y el Plan para la Implementación del Sistema Nacional de Trazabilidad o Rastreabilidad Apícola, el cual denominara para sus siglas SINAT-API.
  • Acuerdo Ministerial 319-2019. Convenio de cooperación técnica número cuarenta guion dos mil diecinueve (40-2019) para la República de Guatemala (SINAT-GT), Suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) y El Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA).

Requerimientos

formulario FTZ01 de Registro de Personas y Establecimientos Agropecuarios, Acuícolas y Pesqueros y documentación requerida según tipo de persona

Pasos

1) El interesado envía formulario FTZ01 de Registro de Personas y Establecimientos Agropecuarios, Acuícolas y Pesqueros y documentación requerida según tipo de persona, vía correo electrónico, WhatsApp, físicamente a oficina VISAR, sede departamental o se aboca a los operadores habilitados de trazabilidad del sector privado.

 

2) Se analiza el formulario y corroboran datos.

 

3) Se digita formulario FTZ01, por operador

 

4) Se imprime constancia de registro (certificación) (si el usuario lo requiere) o se descarga QR

 

5) Se envía a firma en caso físico

 

6) Se entrega constancia si usuario lo requiere

Ir al trámite en línea

Ver Trámite

Información proporcionada por: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA-