Trámite
55. Registro y certificación de personas y establecimientos pecuarios, acuícolas y apícolas
Solicitud del Registro y certificación de personas y establecimientos pecuarios, acuicolas y apícolas
Normativa
- Decreto No. 36-98 Ley de Sanidad Vegetal y Animal.
- Acuerdo Gubernativo No. 745-99. Reglamento de la Ley de Sanidad Vegetal y animal.
- Acuerdo Ministerial 24-2014. Crear el Sistema Nacional de Trazabilidad Pecuaria (SINAT-GT).
- Acuerdo Ministerial 213-2016. Crear el componente de Trazabilidad Acuícola.
- Acuerdo Ministerial 39-2016. Las disposiciones que contienen los procedimientos y el Plan para la Implementación del Sistema Nacional de Trazabilidad o Rastreabilidad Apícola, el cual denominara para sus siglas SINAT-API.
- Acuerdo Ministerial 319-2019. Convenio de cooperación técnica número cuarenta guion dos mil diecinueve (40-2019) para la República de Guatemala (SINAT-GT), Suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) y El Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA).
Requerimientos
formulario FTZ01 de Registro de Personas y Establecimientos Agropecuarios, Acuícolas y Pesqueros y documentación requerida según tipo de persona
Pasos
1) El interesado envía formulario FTZ01 de Registro de Personas y Establecimientos Agropecuarios, Acuícolas y Pesqueros y documentación requerida según tipo de persona, vía correo electrónico, WhatsApp, físicamente a oficina VISAR, sede departamental o se aboca a los operadores habilitados de trazabilidad del sector privado.
2) Se analiza el formulario y corroboran datos.
3) Se digita formulario FTZ01, por operador
4) Se imprime constancia de registro (certificación) (si el usuario lo requiere) o se descarga QR
5) Se envía a firma en caso físico
6) Se entrega constancia si usuario lo requiere
Ir al trámite en línea
Ver TrámiteInformación proporcionada por: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA-