Trámite

199. Solicitud sucesión por causa de muerte, adquisición de derechos de arrendamiento

Solicitud sucesión por causa de muerte, adquisición de derechos de arrendamiento

Normativa

  • Artículo 17, 23 del Decreto 126-97 del Congreso de la República que contiene la Ley Reguladora de las Áreas de Reservas Territoriales del Estado.

 

  • Artículo 28 del Reglamento de la Ley Reguladora de las Áreas de Reservas Territoriales del Estado.

Requerimientos

1 Se recibe petición por escrito; se analiza y si llena los requisitos contemplados en la ley y el reglamento de OCRET, se forma el expediente e ingresa a base de datos general de control interno, para su trámite respectivo.

  1. Certificación del auto declaratorio de herederos mediante criterios complementarios; se adjuntan los siguientes documentos; a) fotocopia de documento personal de identificación del o los herederos; vigentes b) copia de recibo de pago de estar al día con la renta, c) copia del contrato de arrendamiento vigente.

Pasos

1.      El Técnico en Servicios Administrativos de Secretaría recibe, registra y traslada memorial y certificación del auto de declaratoria de herederos, recibo de pago y copia del contrato al Técnico en Servicios Administrativos de Dirección.

2.      El Técnico en Servicios Administrativos de Dirección recibe, registra y traslada al Asistente de Secretaría.

3.      El Asistente de Secretaría recibe, registra documentación y solicita expediente al Técnico en Servicios Administrativos de Archivo del Departamento de Recaudación y de Control de Pagos.

4.      El Técnico en Servicios Administrativos de Archivo del Departamento de Recaudación y de Control de Pagos recibe solicitud y traslada expediente al Asistente de Secretaría.

5.      El Asistente de Secretaría recibe expediente, elabora memorándum y traslada al Secretario General.

6.      El Secretario General recibe y revisa memorándum.

Si: Sigue paso 7.

No: Devuelve para correcciones.

7.      El Secretario General firma y sella memorándum y traslada al Asistente de Secretaría.

7.      El Asistente de secretaria recibe memorándum y traslada al Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Jurídico

8.      El Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Jurídico recibe, registra y traslada memorándum al Profesional o Técnico Jurídico.

9.      El Profesional o Técnico Jurídico recibe y revisa expediente.

 Si: Sigue paso 11.

 No: Devuelve para correcciones.

10.    El Profesional o Técnico Jurídico elabora dictamen jurídico y proyecto de resolución, y traslada al Jefe del Departamento Jurídico.

11.    El Jefe del Departamento Jurídico recibe y revisa dictamen jurídico y proyecto de resolución.

Si: Sigue paso 13.

No: Devuelve para correcciones.

12.    El Jefe del Departamento Jurídico traslada dictamen jurídico y proyecto de resolución al Profesional o Técnico Jurídico.

14.    El Profesional o Técnico Jurídico recibe dictamen jurídico y proyecto de resolución, imprime, firma, sella y traslada al Jefe del Departamento Jurídico.

15.    El Jefe del Departamento Jurídico recibe dictamen jurídico y proyecto de resolución, firma, sella y traslada al Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Jurídico.

16.    El Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Jurídico recibe expediente y traslada al Asistente de Secretaría.

17.    El Asistente de Secretaría recibe, registra, asigna y traslada expediente al Técnico o Profesional en Servicios Administrativos de Secretaría.

18.    El Técnico o Profesional en Servicios Administrativos de Secretaría recibe expediente, elabora resolución y traslada al Secretario General.

19.    El Secretario General recibe y revisa resolución.

          Si: Sigue paso 20.

No: Devuelve para correcciones.

20.    El Secretario General firma y sella resolución y traslada al Técnico o Profesional en Servicios Administrativos de Secretaría.

21.    El Técnico o Profesional en Servicios Administrativos de Secretaría recibe, registra y traslada expediente al Asistente de Secretaría.

22.    El Asistente de Secretaría recibe expediente, registra en base de datos y traslada al Técnico en Servicios Administrativos de Dirección.

23.    El Técnico en Servicios Administrativos de Dirección recibe expediente y traslada al Profesional Jurídico de Dirección.

24.    El Profesional Jurídico de Dirección recibe y revisa expediente.

           Si: Sigue paso 25.

No: Devuelve con observaciones.

25.    El Profesional Jurídico de Dirección traslada expediente al Técnico en Servicios Administrativos de Dirección.

26.    El Técnico en Servicios Administrativos de Dirección recibe expediente, elabora providencia y traslada al Director.

27.    El Director recibe y revisa expediente.

          Si: Sigue paso 28.

          No: Devuelve con   observaciones.

28.    El Director firma y sella resolución y providencia, y traslada al Técnico en Servicios Administrativos de Dirección.

29.    El Técnico en Servicios Administrativos de Dirección recibe expediente y traslada al Técnico en Notificación de Secretaría.

30.    El Técnico en Notificación de Secretaría recibe expediente y notifica al solicitante.

Si es favorable emite cédula de notificación, adjunta copia de resolución y proporciona minuta de contrato y plano.

No favorable emite cédula de notificación y entrega copia de resolución.

31.    El Técnico en Notificación de Secretaría revisa resolución.

Si es favorable sigue paso 32.

No favorable traslada al Técnico en Servicios Administrativos de Archivo del Departamento de Recaudación y de Control de Pagos.

32.    El Técnico en Notificación de Secretaría traslada expediente al Profesional Jurídico.

33.    El Profesional Jurídico recibe minuta del arrendatario y revisa.

           Si: Sigue paso 34.

         No: Devuelve para correcciones.

34.    El Profesional Jurídico aprueba minuta y entrega al solicitante para impresión por el notario en papel protocolo.

35.    El Profesional Jurídico recibe del solicitante la escritura pública, confronta, gestiona firma y sello del Director.

36.    El Profesional Jurídico entrega escritura pública al notario o arrendatario.

37.    El Técnico en Servicios Administrativos de Secretaría recibe del arrendatario copia simple legalizada de la escritura pública, registra y traslada al Técnico en Servicios Administrativos de Dirección.

38.    El Técnico en Servicios Administrativos de Dirección, recibe, registra y traslada al Profesional o Técnico Jurídico.

39.    El Profesional o Técnico Jurídico recibe, registra, incorpora y traslada expediente al Técnico en Servicios Administrativos de Archivo del Departamento de Recaudación y de Control de Pagos.

40.    El Técnico en Servicios Administrativos de Archivo del Departamento de Recaudación y de Control de Pagos recibe, registra en base de datos para elaboración de nueva tarjeta de cobros y archiva.

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Información proporcionada por: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA-