Trámite

198. Prórroga de Arrendamiento

Prorroga de Arrendamiento

Normativa

-      Art. 25 del Decreto 126-97 del Congreso de la República que contiene la Ley Reguladora de las Áreas de Reservas Territoriales del Estado.

-      Art. 22 del Acuerdo Gubernativo 432-2002 Reglamento de la Ley Reguladora de las Áreas de Reservas Territoriales del Estado.

Requerimientos

  1. Se recibe formulario, se analiza y si llena los requisitos contemplados en la ley y el reglamento de OCRET, se forma el expediente e ingresa a base de datos general.

  2. Solo en caso las medidas y el área del terreno presenten alguna modificación deberá adjuntar planos originales de ubicación y localización con colindancias y áreas del inmueble que se solicita firmado y sellado por un profesional de la materia, indicando la finalidad o finalidades con los colindantes actuales y que contenga cuadro de orientación angular y distancias.

Pasos

 

1.    El Técnico en Servicios Administrativos de Secretaría recibe y revisa formulario de Prórroga de Arrendamiento y documentos requeridos.

Si: Sigue paso 2.

No: Devuelve para correcciones.

2.    El Técnico en Servicios Administrativos de Secretaría solicita expediente del arrendatario al Técnico en Servicios de Archivo del Departamento de Recaudación y de Control de Pagos.

3.     El Técnico en Servicios de Archivo del Departamento de Recaudación y de Control de Pagos recibe solicitud y entrega expediente al Técnico en Servicios Administrativos de Secretaría.

4.    El Técnico en Servicios Administrativos de Secretaría recibe expediente, adjunta documentos y traslada al Asistente de Secretaría.

5.    El Asistente de Secretaría recibe y revisa expediente.

Si: Sigue paso 6.

        No: Devuelve para correcciones.

6.     El Asistente de Secretaría registra en control de ingreso, elabora providencia y traslada al Secretario General.

7.    El Secretario General recibe providencia y revisa expediente.

Si: Sigue paso 8.

      No: Devuelve para correcciones.

8.     El Secretario General firma providencia y traslada al Asistente de Secretaría.

9.     El Asistente de Secretaría recibe expediente y traslada al Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Técnico.

10.   El Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Técnico recibe expediente, registra en la base de datos, clasifica y asigna a sede que corresponda.

11.   El Técnico en Servicios Administrativos de la sede, recibe copia de solicitud, planos y traslada al Técnico o Profesional de Campo.

12.   El Técnico o Profesional de  Campo de la sede recibe copia de solicitud y planos,  realiza la inspección y completa Boleta de Campo y Cédula de Notificación de Inspección Ocular de Campo.

13.   El Profesional o Técnico de Campo de la sede elabora y firma dictamen, y traslada al Técnico en Servicios Secretariales de la sede.

14.   El Técnico en Servicios Secretariales de la sede recibe dictamen y traslada al Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Técnico.

15.   El Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Técnico recibe dictamen y traslada al Profesional del Departamento Técnico.

16.   El Profesional del Departamento Técnico recibe y revisa dictamen.

         Si: Sigue paso 17.

         No: Devuelve para correcciones.

17.   El Profesional del Departamento Técnico firma y traslada dictamen al Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Técnico.

18.   El Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Técnico recibe dictamen y traslada a:

a)  Técnico en Servicios Administrativos de Secretaría recibe, elabora certificación y traslada a donde corresponda.

b)  Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Jurídico recibe, registra y distribuye   expediente del Departamento Técnico o Secretaría al Técnico o Profesional Jurídico

19.   El Profesional o Técnico Jurídico recibe y revisa expediente.

 Si: Sigue paso 20.

        No: Devuelve para correcciones.

20.   El Profesional o Técnico Jurídico elabora dictamen jurídico,  proyecto de resolución y traslada al Jefe del Departamento Jurídico.

21.   El Jefe del Departamento Jurídico recibe y revisa dictamen jurídico y proyecto de resolución.

       Si: Sigue paso 22.

        No: Devuelve para correcciones.

22.   El Jefe del Departamento Jurídico traslada dictamen jurídico y proyecto de resolución al Profesional o Técnico Jurídico.

El Profesional o Técnico Jurídico recibe dictamen jurídico y proyecto de resolución, imprime, firma, sella y traslada al Jefe del Departamento Jurídico.

24. El Jefe del Departamento Jurídico recibe dictamen jurídico y proyecto de resolución, firma, sella y traslada al Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Jurídico.

25.   El Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Jurídico recibe expediente y traslada al Asistente de Secretaría.

26.   El Asistente de Secretaría recibe, registra, asigna y traslada expediente al Técnico o Profesional en Servicios Administrativos de Secretaría.

27.   El Técnico o Profesional en Servicios Administrativos de Secretaría recibe expediente, elabora resolución y traslada al Secretario General.

 

28.   El Secretario General recibe y revisa resolución.

Si: Sigue paso 29.

        No: Devuelve para correcciones.

29.   El Secretario General firma y sella resolución y traslada al Técnico o Profesional en Servicios Administrativos de Secretaría.

30.   El Técnico o Profesional en Servicios Administrativos de Secretaría recibe, registra y traslada expediente al Asistente de Secretaría.

31.   El Asistente de Secretaría recibe expediente, registra en base de datos y traslada al Técnico en Servicios Administrativos de Dirección.

32.   El Técnico en Servicios Administrativos de Dirección recibe expediente y traslada al Profesional Jurídico de Dirección.

33.  El Profesional Jurídico de Dirección recibe y revisa expediente.

Si: Sigue paso 34.

No: Devuelve con observaciones

34.   El Profesional Jurídico de Dirección traslada expediente al Técnico en Servicios Administrativos de Dirección.

35.  El Técnico en Servicios Administrativos de Dirección recibe expediente, elabora providencia y traslada al Director.

36.  El Director recibe y revisa expediente.

Si: Sigue paso 37.

        No: Devuelve con observaciones.

37.  El Director firma y sella resolución, providencia y traslada al Técnico en Servicios Administrativos de Dirección.

38.  El Técnico en Servicios Administrativos de Dirección recibe expediente y traslada al Técnico en Notificación de Secretaría.

39.  El Técnico en Notificación de Secretaría recibe expediente y notifica al solicitante.

Si es favorable emite cédula de notificación, adjunta copia de resolución y proporciona minuta de contrato y plano.

No favorable emite cédula de notificación y entrega copia de resolución.

40.  El Técnico en Notificación de Secretaría revisa resolución.

Si es favorable sigue paso 41.

No favorable traslada al Técnico en Servicios Administrativos de Archivo del Departamento de Recaudación y de Control de Pagos.

41.  El Técnico en Notificación de Secretaría traslada expediente al Profesional Jurídico.

42.  El Profesional Jurídico recibe minuta del arrendatario y revisa.

       Si: Sigue paso 43

No: Devuelve para correcciones.

43.  El Profesional Jurídico aprueba minuta y entrega al arrendatario para impresión por el notario en papel protocolo.

44.  El Profesional Jurídico recibe del arrendatario la escritura pública, confronta, gestiona firma y sello del Director.

45.  El Profesional Jurídico entrega escritura pública al notario o arrendatario.

46.   El Técnico en Servicios Administrativos de Secretaría recibe del arrendatario copia simple legalizada de la escritura pública, registra y traslada al Técnico en Servicios Administrativos de Dirección.

47.   El Técnico en Servicios Administrativos de Dirección recibe, registra y traslada al Profesional o Técnico Jurídico.

48.   El Profesional o Técnico Jurídico recibe, registra, incorpora y traslada expediente al Técnico en Servicios de Archivo del Departamento de Recaudación y de Control de Pagos.

49.   El Técnico en Servicios de Archivo del Departamento de Recaudación y de Control de Pagos recibe, registra en base de datos para elaboración de nueva tarjeta de cobros y archiva.

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Información proporcionada por: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA-