Trámite
21. Cesión de registro sanitario para productos biológicos para uso veterinario
Solicitud de cesión de registro sanitario para productos biológicos de uso veterinario
Normativa
Acuerdo Ministerial 390-2006. Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ley de Sanidad Vegetal y Animal y su Reglamento. Decreto Número 36-98. Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18 para Medicamentos Veterinarios y productos afines y sus establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control. ANEXO A (NORMATIVO) A2.
Requerimientos
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Formulario de solicitud proporcionado por el Departamento de Registro de Insumos para Uso en Animales lleno en su totalidad con letra legible firmado y sellado por el propietario o representante legal y por su regente
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Fotocopia de registro sanitario de funcionamiento vigente emitido por el Departamento de Registro de Insumos para Uso en Animales de las personas individuales o jurídicas involucradas en el proceso.
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Certificado original del registro sanitario del insumo para uso en animales, vigente, emitido por el Departamento de Registro de Insumos para Uso en Animales.
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Copia legalizada del convenio de cesión del registro del insumo para uso en animales, con la firma de los propietarios o representante legal de ambas partes.
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Carta de autorización de casa fabricante autorizando la cesión del registro.
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Arte de la etiqueta de los productos a comercializar por la empresa que recibe.
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Constancia del registro vigente del regente, emitido por el Departamento de Registro de Insumos para Uso en Animales, de la empresa que acepta los registros.
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Dictamen emitido por parte del personal de la el Departamento de Registro de Insumos para Uso en Animales en un plazo no mayor de 60 días.
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Adherir a la solicitud timbre Médico Veterinario y Zootecnista Correspondiente
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Pago correspondiente por emisión del certificado según tarifa vigente
Pasos
-Descargar y llenar formulario disponible en www.maga.gobt.gt.
-Presentar formulario de solicitud, adjuntando los rquisitos que establece la normativa legal vigente.
-Atender observaciones, si las hubiere.
-Recoger registro.
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Ver TrámiteInformación proporcionada por: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA-