Trámite

61. Reconocimiento o renovación de pruebas de análisis y diagnóstico de laboratorio

Reconocimiento o renovación de pruebas de análisis y diagnóstico de laboratorio

Normativa

Acuerdo Ministerial No. 38-2020 Disposiciones para el reconocimiento de pruebas de análisis y diagnósticos de Laboratorio Acuerdo Ministerial No. 495-2006, Disposiciones zoosanitarias para la declaración obligatoria de enfermedades en especies animales

Requerimientos

  1. Formulario de solicitud proporcionado por el Laboratorio de Sanidad Animal en su totalidad con letra legible firmado y sellado por el propietario o representante legal.

  2. Organigrama del Laboratorio

  3. Croquis del laboratorio

  4. Copia de Licencia Sanitaria

  5. Fotocopia de la factura

  6. Fotocopia legalizada de la escritura pública constitutiva de Sociedad, cuando corresponda.

  7. Fotocopia legalizada de la patente de comercia de la Empresa y Sociedad (si aplica)

  8. Fotocopia legalizada del Acta Notarial del Nombramiento del representante legal en su caso

  9. Historial de trabajos del laboratorio, con relación a la prueba sobre la que solicita reconocimiento

  10. Curriculum vitae del personal técnico y profesional de laboratorio relacionado al reconocimiento de la prueba solicitada.

  11. Constancia de Colegiación activo de los profesionales especialistas a cargo de la prueba.

  12. Declaración jurada del representante legal o propietario del laboratorio, en donde se compromete a que los resultados de cada una de las pruebas efectuadas de análisis y diagnóstico de laboratorio reconocidas, no podrán ser divulgadas por el laboratorio y serán remitidas al MAGA, conforme se obtengan y este ser a el único ente autorizado para la divulgación

Pasos

Descargar y llenar formulario disponible en www.maga.gobt.gt.

Presentar formulario de solicitud, adjuntando los requisitos que establece la normativa legal vigente.

Atender observaciones, si las hubiere.

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Información proporcionada por: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA-