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187. Licencia sanitaria de funcionamiento para unidades de producción, centros de acopio, transformadoras, envasadoras y almacenadoras de miel de abejas

Emisión de licencia sanitaria de funcionamiento para unidades de producción, centros de acopio, transformadoras, envasadoras y almacenadoras de miel de abejas.

Normativa

Decreto No. 90-97, Código de Salud, Acuerdo Gubernativo 969-99, “Reglamento Para la Inocuidad de los Alimentos” Acuerdo Ministerial 169-2012, Del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación que establece las “Disposiciones aplicables a toda persona dedicada a producción, acopio, transformación, envasado, almacenaje y comercialización de productos apícolas, dentro del territorio nacional”.

Requerimientos

Requisitos generales para nueva Licencia Sanitaria de Funcionamiento (LSF) persona individual: I. Formulario de solicitud de Licencia Sanitaria de Funcionamiento debidamente llenada. II. Presentar número de registro en el REGAPI. III. Fotocopia de cédula o DPI del solicitante. IV. Croquis de instalaciones (plano de distribución de instalaciones, ubicación de equipos, límites de establecimiento, vías de acceso y ubicación). V. Acreditación de cumplimiento de BPA, BPM o APPCC, según corresponda VI. Comprobante de depósito o pago a nombre del VISAR del MAGA, realizado en el Banco de Desarrollo Rural -BANRURAL-

4.2 Requisitos generales para nueva LSF persona jurídica: I. Solicitud de Licencia Sanitaria de Funcionamiento debidamente llenada. II. Presentar número de registro en el REGAPI. III. Fotocopia de cédula o DPI del solicitante (representante legal). IV. Fotocopia simple de la escritura, constitución de forma de la sociedad o empresa debidamente inscrita en el registro mercantil de la República (documento equivalente para organizaciones, tales como cooperativas, asociaciones, etc.). V. Fotocopia simple de patente de comercio (para el caso de empresas o sociedades comerciales). VI. Certificación de inscripción del representante legal, extendida por el Registro Mercantil de la República o institución equivalente para organizaciones, extendida en el año en curso. VII. Croquis de instalaciones (plano de distribución de instalaciones, ubicación de equipos, límites de establecimiento, vías de acceso y ubicación). VIII. Comprobante de depósito o pago a nombre del VISAR del MAGA, realizado en el Banco de Desarrollo Rural –BANRURAL- IX. La acreditación de BPA, BPM o del sistema APPCC es un requisito previo a emitir la Licencia Sanitaria de Funcionamiento. 4.3 Requisito para renovación de LSF persona individual: I. Solicitud de Licencia Sanitaria de Funcionamiento debidamente llenada. II. Presentar número de registro en el REGAPI. III. Comprobante de depósito o pago a nombre del VISAR del MAGA, realizado en el banco indicado. IV. Croquis de instalaciones (plano de distribución de instalaciones, ubicación de equipos, límites de establecimiento, vías de acceso y ubicación). 4.4 Requisitos generales para renovación de LSF persona jurídica: I. Formulario de solicitud de L.S.F. debidamente lleno. II. Presentar número de registro en el REGAPI. III. Comprobante de depósito o pago realizado conforme a la tarifa establecida por el MAGA. IV. Certificación de inscripción del representante legal, extendida por el Registro Mercantil de la República o institución equivalente para organizaciones, extendida en el año en curso. Actualización del croquis de instalaciones, si es el caso.

Pasos

—Descargar y llenar formulario (disponible en: https://apps.maga.gob.gt/simplificacion/Formularios).

—Presentar formulario de solicitud, adjuntando los requisitos que establece la normativa legal vigente.

— Realizar el pago correspondiente en la agencia de BANRURAL, luego adjutar comprobante de pago al formulario— Atender observaciones, si las hubiere

— Recoger la Licencia

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Información proporcionada por: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA-