Trámite

121. Registro de Plaguicidas Inorgánicos

Registro de Plaguicidas Inorgánicos.

Normativa

Decreto 5-2010 Ley de Registro de Productos Agroquímicos, Acuerdo Gubernativo 255-2019. Reglamento para el registro, Renovacion, Endosos (autorizacion de uso) y Cesión de registro de plaguicidas inorgánicos, los requisitos para su importación, exportación y retorno, así como el registro de personas individuales y jurídicas relacionadas a estos insumos ante el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

Requerimientos

PARTE ADMINISTRATIVA: — Solicitud de Registro de Plaguicidas Inorgánicos, con el correspondiente timbre del Ingeniero. Agrónomo y firmado por el representante legal y regente. — Certificado de origen emitida por la autoridad nacional competente o declaración extendida por el fabricante cuando no exista registro en el país de origen. — Certificado de composición Cualitativa-Cuantitativa del Producto agroquímico formulado, emitido por la empresa formuladora, donde se declare el detalle de la concentración del ingrediente activo, expresado en porcentaje m/m o m/v, así como la lista de aditivos e inertes utilizados en la formulación según el estado físico del producto. — Hoja de datos de seguridad del producto.
INFORMACION TÉCNICA:
— Identidad, propiedades físicas y químicas del producto — Descripción del producto formulado.
— Propiedades físicas y químicas del producto formulado. — Perfil toxicológico agudo del producto formulado (Estudios de toxicología aguada), — Envases. — Información con respecto a la seguridad. — Información con respecto a la seguridad.

Pasos

Descargar y llenar formulario (disponible en: https://apps.maga.gob.gt/simplificacion/Formularios).

Presentar formulario de solicitud, adjuntando los requisitos que establece la normativa legal vigente.

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Información proporcionada por: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA-