Trámite

117. Registro de Productos Formulados

Registro de Productos Formulados.

Normativa

"Decreto No. 5-2010 Ley de Registro de Productos Agroquímicos, Acuerdo Gubernativo No. 343-2010 Reglamento de la Ley de Registro de Productos Agroquímicos y Reglamento Técnico Centroamericano 65.05.67:18. Ingrediente Activo Grado Técnico, Plaguicidas Químicos Formulados, Sustancias Afines, Coadyuvantes y Vehículos Físicos de Uso Agrícola. Requisitos para la elaboración de etiquetas y panfletos. "

Requerimientos

PARTE ADMINISTRATIVA:

  • Solicitud de Registro de Productos Formulados. Certificado de origen emitida por la autoridad nacional competente o declaración extendida por el fabricante cuando no exista registro en el país de origen.
  • Certificado de composición Cualitativa-Cuantitativa del Producto agroquímico formulado, emitido por la empresa formuladora, donde se declare la concentración del (los) ingrediente (s) grado técnico, expresado en porcentaje m/m o m/v, así como la lista de aditivos e inertes utilizados en la formulación que tengan relevancia toxicológica.
  • Etiqueta y panfleto, previo al registro del plaguicida químico formulado, los cuales deben cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente sobre la materia. INFORMACION TÉCNICA:
    -Descripción general del producto formulado.
  • Propiedades físicas de la formulación relacionadas con su uso. -Datos sobre la aplicación.
  • Envases.
  • Datos sobre el manejo del producto.
  • Perfil toxicológico agudo.
  • Información con respecto a la seguridad.

Pasos

–Descargar, llenar e imprimir la solicitud en página web (https://visar.maga.gob.gt/?page-id=6215) y adjuntar documentos de soporte de requisitos.


– Presentar solicitud, con los documentos de soporte de requisito, en la Oficina de Servicio al Usuario.


– Recoger certificado en la Ventanilla de la OSU luego de recibir la notificación de aprobación. 

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Información proporcionada por: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación -MAGA-