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Extensión a la Orfandad

Este beneficio lo pueden solicitar los jóvenes y señoritas que ya gozan de pensión por orfandad y que al cumplir su mayoría de edad solicitan la ampliación del beneficio hasta los 21 años, siempre y cuando ostenten su calidad de estudiantes.

Normativa

Extensión a la pensión civil por orfandad, artículo 30, inciso E): a) Solicitud del beneficiario mayor de edad, en la forma prevista en la ley y en este reglamento, para que se continúe haciendo el pago de la pensión por orfandad concedida; b) Certificaci

Requerimientos

A. De preferencia, deberán presentar fotocopia de Acuerdo a través del cual se otorgó la Pensión por Orfandad.

B. Memorial del beneficiario mayor de edad a través del cual solicite se continúe haciendo efectiva la Pensión Civil por Orfandad respectiva, deberá ir ratificado por esta Oficina o con firma legalizada por notario.

C. Constancia de carencia de Antecedentes Penales, extendida por el Organismo Judicial (hasta 6 meses de vigencia).

D. Acta notarial en la cual bajo juramento indique si ha perdido o no la nacionalidad guatemalteca, y si labora o no en el Estado o sus entidades descentralizadas o autónomas. (1 año de vigencia)

E. Certificación de Estudios del año anterior y Certificación de Matrícula Escolar vigente (certificación de estar inscritos). De preferencia que cada certificación contenga firma y sello de la persona que certifica así como de la persona que otorga el visto bueno.

F. Certificación reciente de partida de nacimiento extendida por el RENAP. (hasta 6 meses de vigencia)

G. Dos fotocopias simples del Documento Personal de Identificación – DPI, salvo casos especiales, o en su defecto, copia simple de la constancia de trámite del Documento Personal de Identificación extendida por el RENAP.

Los interesados en prórroga de pensión por orfandad tienen de enero a junio de cada año para presentar dichos documentos, caso contrario se procederá a suspender la pensión a partir del 1 de julio del año en curso.

Pasos

(13 Calle 6-77, Zona 1 Edificio Panamericano, Guatemala) o en las sedes regionales de Quetzaltenango (13 avenida 5-19 zona 1, Gobernación Departamental) y Zacapa (13 calle y 16 avenida zona 3, Gobernación Departamental), así como en las sedes departamentales ubicadas en las Gobernaciones Departamentales. Recuerde que el formulario también está disponible en formato electrónico en nuestro portal web. Debe llenar el formulario sin borrones y enmendaduras y deberá marcar con una X sobre los círculos la información que corresponda.

  • Previo al ingreso del expediente a ésta Oficina, verifique que cuenta con todos los requisitos. Si existiera discrepancia en el nombre del beneficiario en algunos de los documentos, el interesado debe gestionar previamente identificación de persona.

2. Presentar en las ventanillas del departamento de Atención al Público en la ciudad capital o en las sedes regionales de Quetzaltenango y Zacapa el formulario con la documentación requerida para el tipo de pensión que solicita. En las sedes departamentales ubicadas en las Gobernaciones Departamentales no se reciben expedientes de primer ingreso.

3. Recibirá una contraseña para su expediente ingresado, o en su defecto la providencia por la cual se le indica porque su expediente no ha sido admitido de conformidad con la ley.

4. Para conocer la fase en que se encuentra su expediente, tiene las siguientes alternativas:

  • Ingrese sus datos completos y número de expediente en la sección de consultas en línea: http://www.onsec.gob.gt/Consulta_FM/
  • Remita sus datos completos y número de expediente al correo: pc@onsec.gob.gt
  • Comunicarse vía telefónica al: PBX. 2321-4800 extensiones 1119, 1124 y 1126.

También puede ingresar al link

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Información proporcionada por: Oficina Nacional de Servicio Civil -ONSEC-