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Cambio de registro de operación de terminales y plantas de almacenamiento de productos petroleros

El cambio de registro de operación de la licencia de operación de Terminales y Plantas de Almacenamiento, es una autorización para operar las instalaciones de almacenamiento, que cuente con licencia de operación vigente otorgada a persona diferente, al solicitante.

Normativa

Ley de Comercialización de Hidrocarburos Decreto No. 109-97 y su Reglamento, Acuerdo Gubernativo No. 522-99.

Requerimientos

A continuación, se detallan los documentos que debe cargar al sistema, pueden ser originales emitidos en forma electrónica o copias digital en formato PDF, de manera separada, así mismo, todos los documentos a presentar deben de estar vigentes a la fecha:

Para una persona individual: ● Documento Personal de Identificación -DPI- o pasaporte si fuera extranjero. ● Patente de Comercio de Empresa. ● Constancia del Registro Tributario Unificado -RTU-.

Para una persona jurídica: ● Documento Personal de Identificación -DPI- o pasaporte si fuera extranjero. ● Patente de Comercio de Sociedad. ● Patente de Comercio de Empresa. ● Constancia del Registro Tributario Unificado -RTU-. ● Testimonio de la Escritura Constitutiva (con inscripción definitiva en el Registro Mercantil). ● Acta de nombramiento Representante Legal (vigente e inscrito en el Registro Mercantil).

Para ambas personerías, adjuntar los siguientes formularios y documentos: ● S-03 "Formulario de solicitud de cambio de registro de operación de licencia de petróleo y productos petroleros". ● Título de propiedad o contrato de arrendamiento vigente del inmueble o mueble a favor del interesado. ● Póliza de seguro vigente a favor del interesado, cobertura mínima de las responsabilidades por daños a terceros, bienes materiales y al medio ambiente, será la siguiente: Terminal o planta de almacenamiento, cien mil quetzales (Q100,000) por cada cuarenta y dos mil galones americanos de capacidad de almacenamiento de petróleo y/o productos petroleros, monto que se aplicará en forma proporcional a volúmenes mayores o menores al indicado. ● Copia legalizada de la resolución de aprobación emitida por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales-MARN- de la actualización del instrumento ambiental de la terminal de almacenamiento o en su efecto la constancia de haber ingresado el trámite. La Dirección General de Hidrocarburos, se reserva el Derecho de solicitar ampliación o modificación de la Información que la parte interesada presenta en la documentación legal y técnica antes indicada, si lo considera necesario para que se ajusten de acuerdo a la Ley y el Reglamento de Comercialización de Hidrocarburos y otras leyes nacionales y normas nacionales o internacionales aplicables.

Descargar formularios: Deben ser llenados, impresos, firmados y digitalizados para cargarlos al sistema en el espacio que le corresponde. S-03

Pasos

1. Al completar los documentos solicitados en los requisitos, debe continuar el trámite digitalmente en el siguiente link: https://servicios.mem.gob.gt/

2. Debe crear un usuario y contraseña (adherirse al sistema y a las notificaciones electrónicas), o si ya cuenta con usuario solamente debe ingresar al sistema.

3. Seleccione el tipo de trámite a realizar y cargue al sistema los documentos.

4. Verifique en su casillero y correo electrónico el resultado final de su gestión.

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Información proporcionada por: Ministerio de Energía y Minas -MEM-