Trámite

Trámite de Denuncias Ambientales y Diligenciamiento del Procedimiento Administrativo

Es el proceso por medio del cual el usuario hace del conocimiento al MARN, sobre una actividad en el cual exista la posible infracción a la legislación ambiental vigente o cuando se realiza una acción u omisión que por sus características puede producir deterioro a los recursos naturales renovables o no, al ambiente, o introducir modificaciones nocivas o notorias al paisaje y a los recursos culturales del patrimonio nacional.

Normativa

Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, Decreto 68-86.

Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89.

Código Procesal Civil y Mercantil, Decreto Ley 107.

Ley de lo Contencioso Administrativo, Decreto 98-97.

Reglamento de las Descargas y Reuso de Aguas Residuales y de la Disposición de Lodos, Acuerdo Gubernativo 236-2006.

Reglamento para la Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos y Comunes, Acuerdo Gubernativo 164-2021.

Reglamento Orgánico Interno, Acuerdo Gubernativo 73-2021.

Disposiciones Internas relacionadas con las funciones de los Departamentos que conforman las Direcciones del Viceministerio de Ambiente del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, Acuerdo Ministerial 214-2021.

Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental, Acuerdo Gubernativo 137-2016.

Requerimientos

  1. Formulario de Denuncia.

Pasos

1. El Departamento de Denuncias y Patrullas Ambientales recibe la denuncia intepuesta por el denunciante, por cualquiera de los medios establecidos, ya sea de forma personal, vía telefónica, correo electrónico, vía WhatsApp, Formulario de denuncia y recibe denuncias de oficio (a través de las distintas Direcciones)

2. El Oficial Receptor registra la denuncia y le asigna el número correspondiente,

3. El Oficial Receptor traslada la denuncia al Jefe del Departamento de Denuncias y Patrullas Ambientales,

4. El Jefe del Departamento de Denuncias y Patrullas Ambientales asigna la denuncia al Asesor correspondiente.

5. El Asesor recibe la denuncia y emite la providencia de trámite, para iniciar la etapa de verificación solicitando las diligencias a las direcciones que correspondan,

6. El Asesor traslada la denuncia al Jefe del Departamento de Denuncias y Patrullas Ambientales, para revisión y firma de la providencia de trámite.

7. El Jefe del Departamento de Denuncias y Patrullas Ambientales revisa el documento, con el objetivo de verificar si existen correcciones, si no existen correcciones, continúa con el paso número 8, caso contrario regresa al paso número 7.

8. El jefe del Departamento de Denuncias y Patrullas Ambientales firma y traslada al Asesor la denuncia para realizar la notificación correspondiente.

9. El Oficial Receptor recibe el Informe de las diligencias solicitadas y lo registra en una base de datos.

10. El Oficial Receptor incorpora el informe al expediente de denuncia y lo traslada al Asesor asignado.

11. El Asesor diligencia el Informe para determinar si se cumplió la etapa de verificación; Si cumple, continua con el paso número 12, caso contrario, regresa al paso No. 5.

12. El Asesor elabora providencia de trámite de archivo o de traslado al Departaento de Procuración y Notificación, según corresponda y traslada al Jefe del Departamento de Denuncias y Patrullas Ambientales, para revisión y firma.

13. El jefe del Departamento de Denuncias y Patrullas Ambientales revisa la providencia de trámite, si no existe corrección a la providencia de trámite, continua con en el paso No. 15, caso contrario regresa al paso número 12.

14. El jefe del Departamento de Denuncias y Patrullas Ambientales firma la providencia de trámite y traslada al Asesor.

15. El Asesor traslada la denuncia al archivo general de la Dirección de Cumplimiento Legal o al Departamento de Procuración y Notificación, según corresponda.

16. El Oficial Receptor del Departamento de Procuración y Notificación recibe del Departamento de Denuncias y Patrullas Ambientales, providencia de trámite de traslado con documentos adjuntos y lo registra, asignándole número de expediente administrativo y número de Oficial de Trámite.

17. Oficial Receptor traslada el expediente al Oficial de Trámite para su diligenciamiento.

18. Oficial de Trámite recibe el expediente administrativo, lo registra en la base de datos y elabora proyecto de resolución de incidente.

19. El Asesor Jurídico recibe proyecto de resolución de incidente, lo revisa, ¿está de acuerdo? SI: lo traslada al Asistente de Dirección para firma del Director, NO: lo regresa al Oficial de Trámite.

20. El Asistente de Dirección recibe proyecto de resolución de incidente, lo registra en el control interno de expedientes y lo traslada al Director.

21. El Director de Cumplimiento Legal recibe, revisa, ¿está de acuerdo? SI: lo firma, NO: indica las modificaciones que se deben efectuar, en ambos casos devuelve el expediente al Asistente de Dirección.

22. El Asistente de Dirección registra en el control interno el descargo del expediente y lo devuelve al Oficial de Trámite.

23. El Oficial de Trámite recibe el expediente, ¿tiene correcciones? SI: las realiza y regresa al paso No. 17. NO: elabora la cédula de notificación la traslada al Notificador, con los documentos a notificar.

24. El Notificador realiza la diligencia de notificación, en el Departamento de Guatemala o la traslada a la Dirección de Coordinación Nacional cuando deba notificarse, en otro departamento.

25. El Oficial de Trámite recibe la cédula de notificación original diligenciada y la adjunta al expediente y espera vencimiento del plazo.

26. Vencido el plazo, ¿el Usuario denunciado evacua audiencia? NO: Se emite resolución final (ver paso 42). SI: el Oficial Receptor lo registra y lo traslada al Oficial de Trámite quien elabora el proyecto de resolución de evacuación de audiencia y lo traslada al Asesor Jurídico.

27. El Asesor Jurídico recibe proyecto de resolución de evacuación de audiencia, lo revisa, ¿está de acuerdo? SI: lo traslada al Asistente de Dirección para firma del Director, NO: lo regresa al Oficial de Trámite.

28. El Asistente de Dirección recibe proyecto de resolución de evacuación de audiencia, lo registra en el control interno de expedientes y lo traslada al Director.

29. El Director de Cumplimiento Legal recibe, revisa, ¿está de acuerdo? SI: lo firma, NO: indica las modificaciones que se deben efectuar, en ambos casos devuelve el expediente al Asistente de Dirección.

30. El Asistente de Dirección registra en el control interno el descargo del expediente y lo devuelve al Oficial de Trámite.

31. El Oficial de Trámite recibe el expediente, ¿tiene correcciones? SI: las realiza y regresa al paso No. 26. NO: elabora la cédula de notificación la traslada al Notificador, con los documentos a notificar.

32. El Notificador realiza la diligencia de notificación, en el Departamento de Guatemala o la traslada a la Dirección de Coordinación Nacional cuando deba notificarse, en otro departamento.

33. El Oficial de Trámite recibe la cédula de notificación original diligenciada y la adjunta al expediente.

34. ¿Se aperturó a prueba? NO: el Oficial de Trámite elabora proyecto de resolución final. SI: el Oficial Receptor lo registra y lo traslada al Oficial de Trámite quien elabora el proyecto de resolución de recepción de medios de prueba y lo traslada al Asesor Jurídico.

35. El Asesor Jurídico recibe proyecto de resolución de recepción de medios de prueba, lo revisa, ¿está de acuerdo? SI: lo traslada al Asistente de Dirección para firma del Director, NO: lo regresa al Oficial de Trámite.

36. El Asistente de Dirección recibe proyecto de resolución de medio de prueba, lo registra en el control interno de expedientes y lo traslada al Director.

37. El Director de Cumplimiento Legal recibe, revisa, ¿está de acuerdo? SI: lo firma, NO: indica las modificaciones que se deben efectuar, en ambos casos devuelve el expediente al Asistente de Dirección.

38. El Asistente de Dirección registra en el control interno el descargo del expediente y lo devuelve al Oficial de Trámite.

39. El Oficial de Trámite recibe el expediente, ¿tiene correcciones? SI: las realiza y regresa al paso No. 34. NO: elabora la cédula de notificación la traslada al Notificador, con los documentos a notificar.

40. El Notificador realiza la diligencia de notificación, en el Departamento de Guatemala o la traslada a la Dirección de Coordinación Nacional cuando deba notificarse, en otro departamento.

41. El Oficial de Trámite recibe la cédula de notificación original diligenciada y la adjunta al expediente.

42. El Oficial de Tramite, analiza el expediente a fin de emitir la resolución final. ¿SE VERIFICÓ LA INFRACCIÓN A LA NORMATIVA AMBIENTAL? SI: el Oficial de Tramite realiza el cálculo de la sanción a imponer, realizando la consulta del tipo de cambio vigente, así como las unidades a imponer con base a la categoría del proyecto y elabora el proyecto de resolución de multa y lo traslada al Asesor Jurídico. NO: El Oficial de Trámite elabora el proyecto de resolución de archivo y lo traslada al Asesor Jurídico.

43. El Asesor Jurídico recibe proyecto de resolución final, lo revisa, ¿está de acuerdo? SI: lo traslada al Asistente de Dirección para firma del Director, NO: lo regresa al Oficial de Trámite.

44. El Asistente de Dirección recibe proyecto de resolución final, lo registra en el control interno de expedientes y lo traslada al Director.

45. El Director de Cumplimiento Legal recibe, revisa, ¿está de acuerdo? SI: lo firma, NO: indica las modificaciones que se deben efectuar, en ambos casos devuelve el expediente al Asistente de Dirección.

46. El Asistente de Dirección registra en el control interno el descargo del expediente y lo devuelve al Oficial de Trámite.

47. El Oficial de Trámite recibe el expediente, ¿tiene correcciones? SI: las realiza y regresa al paso No. 42. NO: elabora la cédula de notificación la traslada al Notificador, con los documentos a notificar.

48. El Notificador realiza la diligencia de notificación, en el Departamento de Guatemala o la traslada a la Dirección de Coordinación Nacional cuando deba notificarse, en otro departamento.

49. El Oficial de Trámite recibe la cédula de notificación original diligenciada y la adjunta al expediente.

50. ¿La resolución final es de archivo? SI: el Oficial de Trámite elabora y firma el proyecto de traslado del expediente administrativo al archivo de la Dirección de Cumplimiento Legal, y lo entrega al encargado del mismo. NO: corresponde el procedimiento del pago de la multa.

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Información proporcionada por: Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales -MARN-