Trámite

Cambios o Modificación al Diseño del Instrumento Ambiental Original o Actividad de Registro en los Listados

Trámite a través del cual el proponente podrá solicitar ante el MARN, cambios dentro del instrumento ambiental; a saber los Cambios o Modificación al Diseño del Proyecto, Obra, Industria o Actividad, entre otras.

Normativa

Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental, Acuerdo Gubernativo 137-2016.

Reglamento Orgánico Interno del MARN, Acuerdo Gubernativo 73-2021.

Listado Taxativo de Proyectos, Obras, Industrias o Actividades, Acuerdo Ministerial 204-2019.

Requerimientos

  1. Formulario disponible en el portal web institucional.
  2. Plan de Gestión Ambiental debidamente desarrollado con el cambio incluido que desee sea evaluado, tomando en consideración la categoría del Proyecto, obra, industria o actividad, para lo cual deberá utilizarse los términos de referencia de elaboración del Plan de Gestión Ambiental en la categoría correspondiente, si tras la verificación del Plan de Gestión Ambiental se establece que los cambios no fueron efectuados se procederá a archivar la solicitud.

Nota: el Plan de Gestión Ambiental no aplica a categoría de Registro.

Pasos

MARN Central

  1. El proponente ingresa a las instalaciones y se aboca directamente con la asistente administrativa de recepción de expedientes jurídicos.
  2. El proponente permanece en espera un aproximado de 5 a 15 minutos, dependiendo la afluencia de personas que se encuentren en cola esperando para ser atendido.
  3. Asistente de ventanilla de recepción de expedientes jurídicos recepciona y revisa la documentación.
  4. La solicitud es aceptada.
  5. Se procede a realizar el registro de la solicitud en el sistema, (se estima el tiempo del trámite de 5 minutos).
  6. Asistente administrativa de recepción de expedientes juridicos realiza la asignación a un asesor ambiental del Departamento de Calidad Ambiental de la Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales, para su análisis y determinar si procede o no la modificación al diseño y si esto conlleva una modificación en la descripción del proyecto la cual se debe consignar en la resolución.
  7. Finalizado el proceso de la procedencia o no de la modificación al diseño, asesor ambiental regresa la solicitud con la asistente administrativa de recepción de expedientes jurídicos.
  8. Asistente administrativa de recepción de expedientes jurídicos, alimenta la base de datos y asigna a un procurador jurídico de la Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales, para la elebaoción de la resolución correspondiente.
  9. Procurador jurídico elabora la resolución correspondiente.
  10. Procurador jurídico, traslada con asesor administrativo DIGARN..
  11. Asesor administrativo recepciona, alimenta la base de datos y traslada a firma con el Director DIGARN.
  12. El Director firma el documento.
  13. El documento regresa con asesor administrativo quien coloca los sellos y traslada al Departamento de Atención a la Gestión Ambiental, para que sea enviada la documentación al encargado de las ventanillas de notificación y al archvio, para la respectiva notificación y resguardo del expediente.
  14. El área de archivo del Departamento de Atención a la Gestión Ambiental recepciona el documento, adjunta el expedeinte y resguarda el mismo (el trámite oscila en 30 días hábiles).
  15. Proponente se presenta a la ventanillas de notificación del Departamento de Atención a la Gestión Ambiental y se norifica de la resolución final de la solicitud ingresada.

Delegaciones Departamentales de la Dirección de Coordinación Nacional 

  1. El proponente ingresa a las instalaciones de la Delegación Departamental y se aboca al área de secretaría para ser atendido.
  2. La secretaria o persona designada realiza la recepción y revisión de la documentación.
  3. La solicitud es recibida.
  4. La secretaria o persona designada realiza el ingreso de la solicitud en la base de datos.
  5. La secretaria o persona designada traslada la solicitud al Auxiliar Ambiental.
  6. Proceso de revisión y análisis por parte del Auxiliar Ambiental.
  7. El Auxiliar Ambiental realiza la Resolución.
  8. El Auxiliar Ambiental traslada la Resolución al Delegado Departamental.
  9. El Delegado Departamental revisa y firma la Resolución.
  10. El Delegado Departamental traslada la Resolución a secretaria o persona designada quien registra la misma en la base de datos.
  11. La secretaria o persona designada entrega Resolución al proponente.
  12. La secretaria o persona designada agrega copia de la resolución al expediente, se realiza la foliación y luego se archiva y resguarda el expediente.

Ir al trámite en línea

Ver Trámite

Información proporcionada por: Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales -MARN-