Trámite

Licencia de consultor en Categoría A

Documento oficial extendido por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, a las personas individuales y/ó juridicas que desarrollan actividades de consultoria de gestion ambiental a traves de actividades y/ó instrumentos de evaluacion, control, seguimiento, vigilancia y regencia ambiental que ampara su funcion en el listado de proveedores de servicios ambientales.

Normativa

Acuerdo Gubernativo 137-2016

Acuerdo Gubernativo 73-2021

Acuerdo Ministerial 204-2019

Requerimientos

1.   Formulario 2.   Copia de acta notarial de nombramiento del representante legal con la razón de inscripción en el Registro Mercantil. 3.   Copias de la escritura constitutiva de la entidad, patente de comercio y patente de empresa. 4.   Curriculum vitae, de los consultores ambientales individuales que conforman el equipo multidisciplinario. 5.   Constancia original de colegiado activo vigente o copia con código QR de los consultores ambientales individuales que conforman el equipo multidisciplinario. 6.   Copia simple de documento personal de identificación de representante legal.

Pasos

1. El usuario ingresa a las instalaciones y se aboca a recepción para que le sea asignado un número correspondiente a las ventanillas de Licencias. El usuario permanece en espera un aproximado de 5 a 15 minutos, dependiendo la afluencia de personas que se encuentren en cola. Luego, es llamado por el sistema de filas y le es indicado el número de ventanilla en la cual será atendido.

2. Para la recepción, revisión y registro en el sistema de su solicitud, se estima el tiempo del trámite de 5 minutos.

3. Se genera orden de cobro par la inscripción en los listados. El proponente se dirige al banco a pagar la solicitud y regresa con una copia de la boleta que extiende el banco.

4. Las solicitudes son trasladadas al área de emisión de Licencias ambientales.

5. Luego se traslada para el proceso de emisión.

6. El gestor de emisión de Licencias previo a emitir la Licencia se traslada la solicitud al jefe del Departamento de Atención a la Gestión Ambiental para su posterior traslado a la junta evaluadora, proceso que tarda dos días.

7. Si la junta evaluadora no acepta la solicitud.

8. Se traslada a la Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales para la elaboración del oficio indicando las causas de rechazo, se traslada al gestor de emisión de Licencias para que lo traslade al encargado de ventanillas el oficio de causas de rechazo y sea entregado al usuario.

9. Si es aprobado por la comisión evaluadora sigue su proceso.

10. Se traslada nuevamente al gestor de emisión de Licencias para que la Licencia sea emitida.

11. Se traslada a la Dirección de Gestión Ambiental, el director firma la Licencia.

12. Traslada al gestor de emisión de Licencias, el gestor de emisión de Licencias lo traslada al encargado de ventanillas la Licencia.

13. Se genera orden de cobro de los años que solicito la Licencia.

14. El proponente se dirige al banco a pagar la solicitud y regresa con una copia de la boleta que extiende el banco, se entrega de la Licencia al proponente.

15. Se traslada a Archivo de Gestión Ambiental para su archivo, resguardo y se adjunte al expediente.

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Información proporcionada por: Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales -MARN-