Trámite

Adición de Proponente

Trámite a través del cual el proponente podrá solicitar ante el MARN, cambios dentro del instrumento ambiental; a saber la Adición de Proponente , entre otras.

Normativa

Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental, Acuerdo Gubernativo 137-2016.

Reglamento Orgánico Interno del MARN, Acuerdo Gubernativo 73-2021.

Listado Taxativo de Troyectos, Obras, Industrias o Actividades, Acuerdo Ministerial 204-2019.

Requerimientos

Si el nuevo proponente es persona jurídica/sociedad anónima:

  1. Formulario disponible en el portal web institucional.
  2. Fotocopia de la patente de comercio y de sociedad.
  3. Fotocopia de la escritura constitutiva de la nueva sociedad con su razón de inscripción de la persona jurídica (si se trata de persona jurídica civil).
  4. Fotocopia del acta notarial de nombramiento del representante legal vigente (con su razón del registro mercantil).
  5. Fotocopia de la inscripción del representante legal (si se trata de persona jurídica civil).
  6. Fotocopia completa de DPI del representante legal (pasaporte si fuera extranjero).
  7. Fotocopia del instrumento público o documento privado en el que se ceden los derechos sobre el proyecto.

Si el nuevo proponente es persona individual:

  1. Formulario disponible en portal web institucional.
  2. Fotocopia completa del DPI del proponente (pasaporte si fuera extranjero).
  3. Fotocopia de patente de comercio.
  4. Fotocopia del instrumento público o documento privado en el que se ceden los derechos sobre el proyecto.

Pasos

MARN Central

  1. El proponente ingresa a las instalaciones y se aboca a la ventanilla administrativa de recepción de expedientes jurídicos.
  2. El proponente permanece en espera de 5 a 15 minutos.
  3. Asistente de ventanilla administrativa de recepción de expedientes jurídicos, realiza la recepción y revisa la documentación.
  4. La solicitud es aceptada, (se estima un tiempo de 5 minutos).
  5. Se procede a realizar el registro del requerimiento en el sistema.
  6. Asistente administrativa de recepción de expedientes jurídicos, procede a asignar a procurador jurídico de la dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales, -DIGARN-.
  7. Procurador jurídico procede a elaborar la resolución correspondiente en respuesta a la solicitud ingresada.
  8. Procurador jurídico traslada el expediente con el oficio de respuesta de la solicitud con asesor administrativo DIGARN, quien recepciona la documentación y si estan completos los folios previo a realizar el envio para firma del director DIGARN.
  9. Director de Gestión Ambiental y Recursos Naturales, firma el documento que contiene la resolución final de la solicitud ingresada.
  10. Regresa con asesor administrativo, quien coloca los sellos correspondientes y realiza el traslado al Departamento de Atención a la Gestión Ambiental.
  11. Departamento de Atención a la Gestión Ambiental realiza el envio al archivo del expediente y una resolución original, para su resguardo.
  12. Departamento de Atención a la Gestión Ambiental tambien traslada con gestor de ventanillas de notificaciones, quien recibe e ingresa en el sistema la información y reguarda 1 copia en original para que cuando se presente el proponente pueda ser notificado (se estima el tiempo del trámite en en 30 días hábiles).
  13. El proponente se presenta y se realiza la notificación.

Delegaciones Departamentales de la Dirección de Coordinación Nacional 

  1. El proponente ingresa a las instalaciones de la Delegación Departamental al área de Recepción de Documentos y solicitudes.
  2. La secretaria o persona designada realiza la recepción y revisión de la documentación.
  3. La solicitud es recibida.
  4. La secretaria o persona designada realiza el ingreso de la solicitud en la base de datos.
  5. La secretaria o persona designada traslada la solicitud al Auxiliar Ambiental.
  6. Proceso de revisión y análisis por parte del Auxiliar Ambiental.
  7. El Auxiliar Ambiental realiza la Resolución.
  8. El Auxiliar Ambiental traslada la Resolución al Delegado Departamental.
  9. El Delegado Departamental revisa y firma la Resolución.
  10. El Delegado Departamental traslada la Resolución a secretaria o persona designada quien registra la misma en la base de datos.
  11. La secretaria o persona designada entrega Resolución al proponente.
  12. La secretaria o persona designada agrega copia de la resolución al expediente, se realiza la foliación y luego se archiva y resguarda el expediente.

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Información proporcionada por: Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales -MARN-