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Solicitud de evaluación de riesgo a instalaciones sanitarias

La solicitud de evaluación de riesgo a instalaciones sanitarias, es el documento mediante el cual se deja constancia de la solicitud de evaluación de riesgos o daños estructurales y no estructurales para poder determinar el estado de un establecimiento de salud que pudo haber sido afectado durante un evento adverso. Este trámite es solicitado mediante un oficio por personal de la Dirección Departamental de Redes Integradas de Servicios de Salud y Hospital hacia el departamento de Prevención de Riesgos a la Salud de la Dirección de Epidemiología y Gestión de Riesgo. Este proceso en algunas ocasiones requiere el acompañamiento de otras unidades o instituciones del Estado.

Normativa

Reglamento Organico Interno; Acuerdo Gubernativo 59-2023. Artículo 27 y 28.

Requerimientos

  1. Tipo de evaluación que requiere. (evaluación de riesgo/evaluación de daños)
  2. Tipo de instalación de (categoría) que se requiere evaluar.
  3. Ubicación del Establecimiento de salud a evaluar (dirección física y de ser posible coordenadas)
  4. Estatus de la certeza y juridicidad del terreno donde se encuentra la instalación a ser evaluada.
  5. Antecedentes de la situación planteada (qué motiva la solicitud)
  6. Fecha propuesta de evaluación.
  7. Nombre, teléfono y correo electrónico del contacto del establecimiento de salud.

Pasos

  1. Solicitud mediante oficio por parte de la DDRISS u Hospital para la evaluación de daños del establecimiento de salud.
  2. El departamento de prevención realiza la verificación de la certeza jurídica del establecimiento de salud.
  3. El departamento de prevención solicita los antecedentes y motivo de solicitud.
  4. El departamento de prevención solicita el tipo de instalación y dirección física de la instalación a ser evaluada.
  5. Si no se recibe la información de certeza jurídica se notifica y solicita nuevamente el envío.
  6. Si la información de certeza jurídica es enviada, se procede a programar la fecha de evaluación.
  7. Se procede a realizar la solicitud de viáticos y vehículo para la fecha establecida anteriormente.
  8. Si el MSPAS no cuenta con vehículos y viáticos se procede a realizar una solicitud formal indicando el motivo a cooperantes.
  9. Se realiza la evaluación de campo aplicando criterios generales de evaluación (sin formulario)
  10. Retorno del equipo evaluador.
  11. Elaboración de informe de daños por parte del departamento de prevención.
  12. El informe es revisado, validado y firmado por el jefe del departamento de prevención.
  13. Elaboración de informe de daños y de recuperación por parte de DIPLADI.
  14. El informe es revisado, validado y firmado por el director de la DIPLADI.
  15. Se notifica a la DDRISS u Hospital que ya está el informe elaborado para que acudan a planta central a recogerlo.
  16. DDRISS u Hospital acude a planta central para recibir los informes con copia a las irecciones del Viceministerio de Atención Primaria en Salud y al ministro en funciones para su conocimiento.
  17. Para evaluaciones a realizar por estado de calamidad pública para conformar expedientes de causa y daño:
  18. Se enviarán a firma y validación por parte del ministro en funciones los informes de la Dirección de Planificación y Desarrollo Institucional -DIPLADI- cuando sean trámites de causa y daño en casos durante Estados de Calamidad.
  19. La DDRISS u Hospital gestiona el Vo. Bo por parte del alcalde municipal y gobernador departamental para cada informe de causa y daño.
  20. Se integran los expedientes del lugar evaluado para la entrega a CONRED

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Información proporcionada por: Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS-