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Solicitud de segundo y/o tercer desembolso

El proceso por el cual el desarrollador realiza su solicitud de segundo y/o tercer desembolso, esto después de haber cumplido con lo establecido en el Reglamento Interno del Fondo Para la Vivienda.

Normativa

Reglamento Operativo del Fondo para la Vivienda – FOPAVI –, para el otorgamiento del subsidio
directo, aprobado en Acta número dieciocho guion dos mil diecinueve de Junta Directiva de FOPAVI,
de fecha 16 de diciembre de 2019, reformado en Acta número nueve guion dos mil veintidós de
Junta Directiva de FOPAVI, de fecha 05 de agosto de 2022.

Requerimientos

Modalidad de pago y sus requisitos. La modalidad de pagos será a través de Anticipo correspondiente a cuatro (4) pagos parciales (30%, 30%, 30%, 10%) para los casos de construcción de vivienda en lote propio, mejoramiento y reparación, ampliación e introducción de servicios básicos de apoyo a la vivienda…

b) Para los casos del segundo o tercer anticipo, según corresponda a la fase de desarrollo, ambos serán del treinta por ciento (30%) del monto total del subsidio aprobado, por lo que se deberá de adjuntar los siguientes requisitos:

  1. Solicitud de desembolso dirigida a la Dirección Ejecutiva del FOPAVI por la empresa desarrolladora y representante de los beneficiarios;

  2. Copia del acta del Libro de Bitácora donde conste el avance físico del proyecto correspondiente a la fase terminada, suscrita por los responsables de campo del proyecto;

  3. Fotografía del rótulo firmada y sellada por el profesional de la empresa desarrolladora o constructora;

  4. Constancia de características de materiales de conformidad con el manual de especificaciones técnicas.

  5. Original de la póliza y certificación de autenticidad de la fianza de anticipo o endoso de la fianza de anticipo existente, equivalente al cien por ciento (100%) del monto del segundo o tercer desembolso, según corresponda a la fase de desarrollo.

  6. Original del endoso y certificación de autenticidad de la fianza de cumplimiento existente, toda vez esta se encuentre vencida

Artículo 33. Modalidad de dos (2) pagos (50%, 50%).

b) Segundo pago del 5O% del monto total del subsidio aprobado. El expediente de pago del segundo desembolso debe incluir:

  1. Carta de Solicitud de anticipo dirigida a la Dirección Ejecutiva firmada por el propietario o representante legal de la Desarrolladora y el representante de los beneficiarios.
  2. Fotografía del rótulo firmada y sellada por el profesional de la empresa desarrolladora o constructora;
  3. Fianza de conservación de obra equivalente al 15% del monto total del contrato, con vigencia de dieciocho (18) meses contados desde la fecha de recepción del proyecto.
  4. Primer Testimonio y su razón de inscripción en el Registro General de la Propiedad del inmueble a favor del beneficiario.

Pasos

1. Acceder a la plataforma electrónica.

2. Crear solicitud de segundo y/o tercer desembolso.

3. Ingresar documentación solicitada.

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Información proporcionada por: Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda -MICIVI-