Trámite

Autorización de Licencia Especial Temporal de armas de fuego por extranjeros (Embajadas - estadía en Guatemala por más de 60 días)

Autorización de Licencia Especial Temporal de armas de fuego por extranjeros

Normativa

LA LEY DE ARMAS Y MUNICIONES (Decreto NUMERO 15-2009) y ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 85-2011 (Reglamento).

Requerimientos

  1. Formulario de solicitud de autorización de ingreso temporal de armas de fuego por extranjeros (embajadas), por medio de la Misión Consular de Guatemala o su representante
  2. Acreditar que las armas se encuentran registradas en el país de origen, con traducción al idioma español, si fuere el caso
  3. Copia simple del pasaporte completo de la persona que ingresará las armas de fuego

Pasos

  1. Ingresar a nuestra página web para conocer los requisitos.
  2. Ingresar a nuestra página web para llenar e imprimir el formulario del trámite a realizar.
  3. Presentarse con el formulario correspondiente y los requisitos necesarios.
  4. Realizar el pago.

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Información proporcionada por: Ministerio de la Defensa Nacional -MINDEF-