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LICENCIA SANITARIA DE ALIMENTOS (nueva y renovación)
Documento que expide el Departamento de Regulación y Control de Alimentos, mediante el cual se autoriza el funcionamiento de las fábricas de alimentos y bebidas, a nivel nacional. A) Licencia nueva: Cuando se autoriza por primera vez. B) Renovación de la licencia: Cuando se ha vencido la licencia sanitaria nueva.
Normativa
- RTCA 67.01.30:06 2. Acuerdo Gubernativo 969-99, Artículo 16 3. Código de Salud, Decreto Numero 90-97, Artículo 140
Requerimientos
- Comprobante de pago por derecho a trámite.
- Formulario de solicitud: DRCA-004 versión vigente, debidamente llenado y firmado.
- Copia de DPI o pasaporte del propietario de la empresa (solo para persona individual)
- Copia de la resolución del Instrumento del Diagnóstico Ambiental emitido por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales
- Croquis y distribución de la fábrica.
- Lista de productos a ser elaborados en la fábrica.
- Para personas jurídicas, copia de la constitución de la empresa con su inscripción en el registro correspondiente.
- Para personas jurídicas, copia de DPI o pasaporte del Representante Legal de la Empresa.
Pasos
1. Ventanilla de Alimentos recibe expediente y evalúa requisitos de documentación estén completos. |
2.Ventanilla de Alimentos traslada el expediente de solicitud de licencia sanitaria nueva o renovación a la Unidad de Monitoreo Vigilancia y Control |
3. Coordinación de UMVC revisa el expediente y lo evalúa. |
3.1. Coordinador UMVC, si aprueba la papelería traslada el expediente al programa correspondiente según el tipo de alimento. |
3.2 Coordinador UMVC, si no aprueba la papelería rechaza el expediente. |
4. Coordinador UMVC, recibe el expediente, coordina con usuario la fecha de la inspección y añade la actividad de inspección a la programación según disponibilidad de espacio en la misma. |
5. El inspector del programa correspondiente realiza la inspección según procedimiento aprobado, registra la información en base de datos y traslada el expediente al Coordinador UMVC. |
6. El Coordinador UMVC, recibe el expediente, actualiza la base de datos con la información de la inspección y traslada a la Sección de Emisión de Licencias. |
7. La Sección de Emisión de Licencias Sanitarias recibe el expediente, actualiza la base de datos, elabora e imprime la Licencia Sanitaria y traslada la Licencia Sanitaria a Jefatura del Departamento para su aprobación y firma. |
8. Jefatura DRCA, recibe la licencia sanitaria, revisa y firma. Envía la licencia sanitaria ya aprobada y firmada a la Sección de emisión de licencias sanitarias. |
9. La Sección de Emisión de Licencias Sanitarias recibe la licencia sanitaria aprobada y elabora una nota de envío a Ventanilla de Alimentos y realiza el traslado. |
10. Ventanilla de alimentos, recibe la Licencia Sanitaria para luego entregarla al usuario solicitante. (Fin del procedimiento) |
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Ver TrámiteInformación proporcionada por: Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS-