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Devolución de Armas de Fuego (Persona Jurídica)

Devolución de Armas de Fuego (Persona Jurídica)

Normativa

LA LEY DE ARMAS Y MUNICIONES (Decreto NUMERO 15-2009) y ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 85-2011 (Reglamento).

Requerimientos

1 Formulario de solicitud de devolución de armas de fuego 2 Original y copia de la Orden de devolución emitida por Juez competente, firmada y sellada, en la cual se detalle con exactitud lo que se debe devolver (arma, cartucho o munición, tolvas, y/o accesorios.) 3 Copia certificada de la sentencia y parte resolutiva en la cual indique que no existe recurso o notificación pendiente, del proceso judicial 4 Original y copia del Documento Personal de Identificación. 5 Q. 100.00 por arma de fuego.

Pasos

  1. Ingresar a nuestra página web para conocer los requisitos.
  2. Ingresar a nuestra página web para llenar e imprimir el formulario del trámite a realizar.
  3. Presentarse con DPI original y vigente, formulario correspondiente y los requisitos necesarios.
  4. Realizar el pago.

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Información proporcionada por: Ministerio de la Defensa Nacional -MINDEF-